Ley de protección de las pérdidas y el desperdicio alimentario


 

El gobierno tiene previsto que el 1 de enero de 2025 entre en vigor esta nueva ley que tiene por objeto:

la prevención y reducción de las pérdidas y desperdicio de alimentos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria; establecer una jerarquía de prioridades; facilitar la donación de alimentos y contribuir a satisfacer las necesidades alimentarias de la población más vulnerable; con la finalidad general de lograr una producción y consumo más sostenible; y de sensibilizar, formar y movilizar a todos los agentes de la cadena en una gestión adecuada de los alimentos, sin perjuicio de las necesarias garantías de inocuidad de los alimentos

Estos operadores tendrán las siguientes obligaciones:

 

a) Disponer de un plan de aplicación para la prevención de las pérdidas y desperdicio alimentario.

 

b) Llegar a acuerdos o convenios para donar sus excedentes de alimentos a empresas, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos, excepto en los casos en los que resulte inviable y quede debidamente justificado y en las actividades de distribución alimentaria desarrolladas en establecimientos con una superficie útil de exposición y venta al público inferior o igual a 1.300 m2.”.

 

En Sigem estaremos preparados para ayudarle y tener correctamente implantadas las medidas descritas en esta Ley

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